Juicio internacional a Calderón
Netzaí Sandoval Ballesteros
Los más de 40 mil seres humanos que han muerto en los últimos cuatro años nos colocan frente a una crisis humanitaria sin paragón. Ni la guerra de Estados Unidos contra Afganistán, ni la emprendida en contra de Pakistán han generado tal cantidad de muertos (Barómetro de Conflictos, Universidad de Heidelberg, Alemania). La violencia en México también ha dejado más desplazados que cualquier otro conflicto armado reciente, alrededor de 120 mil personas de acuerdo con el Internal Displacement Monitoring Center. La vulnerabilidad de los más jóvenes es particularmente grave: mil 226 de las muertes ocurridas entre 2006 y 2010 corresponden a niños y adolescentes (Red por los Derechos de la Infancia en México). En estrictos términos legales y de acuerdo con los criterios internacionales en la materia, esta situación se clasifica como un conflicto armado de índole no internacional.
El responsable directo de esta grave situación es Felipe Calderón. Fue él quien declaró una"guerra" en el país y decidió utilizar al Ejército y la Marina para atacar selectivamente los cártelesde la droga. Fue el Ejecutivo quien de forma obstinada prosiguió con esta estrategia bélica a pesar de que diversos órganos de la ONU le han solicitado suspender la utilización de los militares en tareas policiacas, recientemente el Grupo de Trabajo sobre las Desapariciones Forzadas o Involuntarias de la ONU, en marzo de 2011.
Como han documentado diversos informes sobre derechos humanos elaborados por organismos como Amnistía Internacional, el Ejército Mexicano ha llegado al extremo de asesinar y torturar a civiles completamente ajenos al conflicto, en retenes militares y durante sus operativos. Además, ha intentado encubrir estos hechos para garantizar impunidad a los responsables. Recordemos al respecto el caso de los estudiantes asesinados en el Tec de Monterrey el 19 de marzo de 2010, señalado por la CNDH en su recomendación 45/2010.
Las fuerzas armadas también han dejado impune la violación sexual de mujeres indígenas cometida por soldados durante sus operativos, con lo que ha fomentado el empleo de tan deleznable práctica (caso Fernández Ortega y otros vs. México, así como el caso Rosendo Cantú y otra vs. México –Corte Interamericana de Derechos Humanos).
Por su parte los cárteles de la droga también practican terribles crímenes contra la población civil. Reclutan niños menores de 15 años de edad para convertirlos en sicarios. Se estima que entre 30 y 43 mil menores de edad han sido reclutados por grupos criminales. Además, los ataques a los centros de rehabilitación de enfermos y adictos a las drogas se han generalizado. Los arteros ataques del 26 de junio en Durango, el 5 de diciembre y 10 de junio en Ciudad Juárez, Chihuahua –todos en 2010– son sólo tres ejemplos.
Los tribunales de nuestro país se encuentran prácticamente impedidos para juzgar al Ejecutivo Federal (artículo 108 onstitucional). A ello se añade la falta de autonomía de la PGR, lo que se traduce en impunidad a los funcionarios civiles y militares responsables de esta crisis.
Tampoco es viable someter a la justicia nacional a los soldados responsables de violaciones, torturas, desapariciones y asesinatos debido al inaceptable alcance del fuero militar, que permite que estos hechos sean juzgados por tribunales militares (artículo 57 Código de Justicia Militar). La Corte Interamericana de Derechos Humanos ha señalado contundentemente que la jurisdicción penal militar no es competente para investigar, juzgar y sancionar a los autores de violaciones de derechos humanos (caso Radilla Pacheco vs. México), pero Calderón se ha opuesto a cumplir con las sentencias que ordenan modificar el marco jurídico para adaptarlo a los estándares internacionales.
Ante la imposibilidad de juzgar a los violadores de los derechos humanos en nuestro propio país es urgente que hoy, bajo el principio de complementariedad, acudamos a la Corte Penal Internacional (CPI). Ello parece difícil dado que la Constitución señala que es el Ejecutivo (con aprobación del Senado) quien reconoce la competencia de la CPI. Sin embargo ninguna norma de derecho interno puede invocarse para incumplir obligaciones contraídas en el ámbito internacional (Convención de Viena sobre el derecho de los tratados, artículo 27) por lo que cuando Calderón y sus mandos militares las invoquen, sus argumentos serán rechazados por la CPI.
Para robustecer esta denuncia hace falta que participen la población y los defensores de derechos humanos del país. Por ejemplo, habría que incluir en el expediente de denuncia las declaraciones de los familiares de quienes han sido asesinados en operativos militares. Además, la mayor cantidad posible de ciudadanos mexicanos debemos firmar la petición que exige ante la CPI, detener el derramamiento de sangre. Contamos ya con miles de firmas recabadas en la marcha del 8 de mayo pero todavía es tiempo de que nuevas firmas respalden la denuncia.
Calderón ordenó el empleo de estrategias anticonstitucionales y violatorias del derecho internacional para combatir al narcotráfico y ello ha llevado a la sistemática violación de los derechos humanos en nuestro país. Bajo el artículo 8 párrafo 2, inciso c, numerales I y IV, así como el inciso e, numerales I, IV y VII del Estatuto de Roma, debe ser juzgado por crímenes de guerra en la CPI.