lunes, diciembre 18, 2006

Determina IFE reglas de sorteos para agrupaciones políticas

Se trata de que las agrupaciones nacionales obtengan recursos por este medio. El órgano electoral tendrá mejor control en el tema

El Universal
18 de diciembre de 2006


México, DF.- El Consejo General del Instituto Federal Electoral (IFE) estableció reglas y controles sobre los sorteos que podrán practicar las Agrupaciones Políticas Nacionales (APN’s), previa autorización de la Secretaría de Gobernación (Segob).

Mediante las adiciones efectuadas al Reglamento que Establece los Lineamientos para la Fiscalización de los Recursos de las APN’s el órgano electoral tendrá mejor control de la información derivada de ingresos por sorteos que lleven a cabo dichas asociaciones.

La nueva normatividad establece un artículo relacionado con ese tema a fin de evitar que existan vacíos legales y factores que imposibiliten a las agrupaciones obtener recursos de manera ilícita.

Indica que debido a que las agrupaciones tienen la posibilidad de obtener autorización para llevar a cabo sorteos a fin de allegarse de recursos adicionales, con la modalidad de autofinanciamiento, es pertinente que aprovechen directamente esas autorizaciones.

El reglamento señala que en caso de que las APN’s consideren la necesidad de explotar esos permisos por medio de un operador, deberán contar con autorización de la Secretaría de Gobernación.

Las APN’s deberán agrupar expedientes por cada uno de los sorteos que lleven a cabo, con los documentos que acrediten que han cumplido con la totalidad de requisitos ante la autoridad competente.

Ello incentivará la rendición de cuentas de las mismas y dará certeza al IFE sobre el apego de las agrupaciones a la normatividad vigente en la materia.

El IFE también consideró necesario transparentar la entrega de premios por lo que en aquellos casos en los que éstos se intercambien por su valor en dinero, deberán cubrirse mediante cheques nominativos de una cuenta de la agrupación, con la leyenda “para abono en cuenta del beneficiario”, es decir, el ganador.

Por otro lado, el mismo reglamento establece un criterio general respecto a la prohibición, para impedir que las APN’s reciban aportaciones de personas no identificadas, lo que significa que no podrán obtener recursos mediante cheques de caja.